Seguros de Riesgos del Trabajo
Todo trabajo, por más sencillo que se perciba, puede generar o exponer a un riesgo. Por esta razón, en Costa Rica todos los trabajadores deben estar asegurados obligatoriamente, con el Seguro de Riesgos del Trabajo.
Con el pago de la prima, el INS atenderá y protegerá los riesgos del trabajo que sufran los trabajadores o el trabajador independiente, ante la eventual ocurrencia de accidentes y enfermedades laborales a que están expuestos en el desempeño de su labor.
Brinda asistencia médico-quirúrgica, hospitalaria, farmacéutica y de rehabilitación. También, se conceden indemnizaciones por muerte y por incapacidad temporal y permanente.
Modalidades de Aseguramiento
Existen diversos tipos según la actividad del cliente, a continuación las más comunes:
Son pólizas de período corto adquiridas por personas físicas o jurídicas que en su condición de patronos no se dedican en forma permanente a la actividad de construcción, para asegurar únicamente a los trabajadores que efectúan labores de construcción en la propiedad del Tomador del seguro.
Son pólizas permanentes o de período corto, adquiridas por personas físicas o jurídicas en su condición de patronos, para asegurar tanto a los trabajadores como al patrono.
Son pólizas permanentes adquiridas por personas físicas o jurídicas en su condición de patronos, para asegurar a los trabajadores que contrate de forma permanente y ocasional, para realizar actividades domésticas, de servicios o de mantenimiento en las casas de habitación declaradas por el Tomador del seguro.
En el caso de los trabajadores ocasionales, esta póliza cubre un máximo de 5 días al mes, por lo que la sumatoria de los días laborados durante el mes por todos ellos, no puede exceder los 5 días.
Las opciones para su aseguramiento son:
Opción 1:
- Un trabajador permanente
- Uno o más trabajadores ocasionales
Opción 2
- Dos trabajadores permanentes
- Uno o más trabajadores ocasionales
Opción 3
- Tres trabajadores permanentes
- Uno o más trabajadores ocasionales
Se excluyen de este producto las labores relacionadas con:
- Contratación temporal o permanente de servicios de Limpieza, en cualquier otra actividad económica distinta al servicio doméstico.
- Trabajos afines a las actividades de construcción que impliquen: creación, eliminación, modificación estructural o movimientos de tierra.
- Cualquier otra actividad lucrativa.
Son pólizas permanentes adquiridas por personas físicas o jurídicas en su condición de patronos, para asegurar a los trabajadores que contrate ocasionalmente para realizar actividades de mantenimiento o de servicios en la casa de habitación, lote o terreno declarados por el Tomador del seguro.
Esta póliza cubre un máximo de 5 días al mes, por lo que la sumatoria de los días laborados durante el mes por todos los trabajadores, no puede exceder los 5 días.
Se excluyen de este producto las labores relacionadas con:
- Actividades domésticas
- Actividades de agricultura
- Trabajos afines a las actividades de construcción que impliquen: creación, eliminación, modificación estructural o movimientos de tierra
Cualquier otra actividad lucrativa
Coberturas
Hay dos tipos, médicas y en dinero. A continuación se detallan:
- Asistencia médico-quirúrgica
- Hospitalaria
- Asistencia médico-quirúrgica
- Farmaceútica
- Rehabilitación
- Prótesis y aparatos médicos
- Readaptación, reubicación y rehabilitación laboral
- Subsidio por incapacidad temporal
- Rentas por incapacidad permanente
- Rentas por muerte del trabajador
- Gastos de traslado
- Gastos de Funeral
- Gastos de hospedaje y alimentación
El costo del seguro depende de las coberturas elegidas, tipo y uso del vehículo. Contáctenos para una cotización.
