Seguros de Riesgos del Trabajo

Todo trabajo, por más sencillo que se perciba, puede generar o exponer a un riesgo. Por esta razón, en Costa Rica todos los trabajadores deben estar asegurados obligatoriamente, con el Seguro de Riesgos del Trabajo.

Con el pago de la prima, el INS atenderá y protegerá los riesgos del trabajo que sufran los trabajadores o el trabajador independiente, ante la eventual ocurrencia de accidentes y enfermedades laborales a que están expuestos en el desempeño de su labor.

Brinda asistencia médico-quirúrgica, hospitalaria, farmacéutica y de rehabilitación. También, se conceden indemnizaciones por muerte y por incapacidad temporal y permanente.

Modalidades de Aseguramiento

Existen diversos tipos según la actividad del cliente, a continuación las más comunes:

Son pólizas de período corto adquiridas por personas físicas o jurídicas que en su condición de patronos no se dedican en forma permanente a la actividad de construcción, para asegurar únicamente a los trabajadores que efectúan labores de construcción en la propiedad del Tomador del seguro.

Son pólizas permanentes o de período corto, adquiridas por personas físicas o jurídicas en su condición de patronos, para asegurar tanto a los trabajadores como al patrono.

Son pólizas permanentes adquiridas por personas físicas o jurídicas en su condición de patronos, para asegurar a los trabajadores que contrate de forma permanente y ocasional, para realizar actividades domésticas, de servicios o de mantenimiento en las casas de habitación declaradas por el Tomador del seguro.

En el caso de los trabajadores ocasionales, esta póliza cubre un máximo de 5 días al mes, por lo que la sumatoria de los días laborados durante el mes por todos ellos, no puede exceder los 5 días.

Las opciones para su aseguramiento son:

Opción 1: 

  • Un trabajador permanente
  • Uno o más trabajadores ocasionales 

Opción 2

  •  Dos trabajadores permanentes
  • Uno o más trabajadores ocasionales

Opción 3

  •  Tres trabajadores permanentes
  • Uno o más trabajadores ocasionales

Se excluyen de este producto las labores relacionadas con:

  • Contratación temporal o permanente de servicios de Limpieza, en cualquier otra actividad económica distinta al servicio doméstico.
  • Trabajos afines a las actividades de construcción que impliquen: creación, eliminación, modificación estructural o movimientos de tierra.
  • Cualquier otra actividad lucrativa.

Son pólizas permanentes adquiridas por personas físicas o jurídicas en su condición de patronos, para asegurar a los trabajadores que contrate ocasionalmente para realizar actividades de mantenimiento o de servicios en la casa de habitación, lote o terreno declarados por el Tomador del seguro.

Esta póliza cubre un máximo de 5 días al mes, por lo que la sumatoria de los días laborados durante el mes por todos los trabajadores, no puede exceder los 5 días.

Se excluyen de este producto las labores relacionadas con:

  • Actividades domésticas
  • Actividades de agricultura
  • Trabajos afines a las actividades de construcción que impliquen: creación, eliminación, modificación estructural o movimientos de tierra
  • Cualquier otra actividad lucrativa

Coberturas

Hay dos tipos, médicas y en dinero. A continuación se detallan:

  • Asistencia médico-quirúrgica
  • Hospitalaria
  • Asistencia médico-quirúrgica
  • Farmaceútica
  • Rehabilitación
  • Prótesis y aparatos médicos
  • Readaptación, reubicación y rehabilitación laboral
  • Subsidio por incapacidad temporal
  • Rentas por incapacidad permanente
  • Rentas por muerte del trabajador
  • Gastos de traslado
  • Gastos de Funeral
  • Gastos de hospedaje y alimentación

El costo del seguro depende de las coberturas elegidas, tipo y uso del vehículo. Contáctenos para una cotización.